Continuado con el repaso del Reglamento del nuevo Campeonato Copa “Simón Bolívar”-Nacional “B”, en la presente entrega vamos a abordar el tema de .las disposiciones reglamentarias que, como es el más largo, lo vamos a editar en más de una edición.
Art. 33.-La condición de local es obligatoria y no podrá ser cedida ni modificada por ninguna causa.
Art. 34.-Si el equipo siendo local no se presenta a jugar el encuentro, perderá el mismo y cancelará a la A. N. F. la suma de 10.000 (diez mil bolivianos).
Art. 35.-Si es visitante igualmente perderá el partido y cancelará al equipo local por intermedio de la .A. N.F., la suma de 20.000 (veinte mil bolivianos), como resarcimiento de los daños causados, salvo causas de fuerza mayor tipificadas en el Art. 38.
Art. 36.-El equipo que no presente a cumplir un compromiso sin causas justificadas en cualquier fase, será marginado del torneo.
Los puntos a favor serán amulados y los partidos serán descontados de sus rivales. En igual forma los goleas convertidos.
Art. 37.-Los equipos deben ingresar al terreno de juego con 10 minutos de anticipación de la hora señalada para el partido. En caso de retraso en el inicio del partido o del segundo tiempo por más de 3 minutos, el árbitro informará del hecho en la planilla de control, quien además expulsará de inmediato al D. T. del equipo infractor. Asimismo el club infractor será sancionado con la suma de Bs. 300 por el Comité de Disciplina mediante resolución.
Art. 38.-Se considera como causas de fuerza mayor debidamente justificadas, conflictos sociales, tales como huelgas nacionales, departamentales, paros cívicos, conmoción civil/militar, paros decretados por servicios de transporte, cancelación de vuelos que impidan a los equipos trasladarse al lugar donde deben disputarse el partido y otros que deberán ser considerados por el Comité Técnico Superior y que no se encuentran tipificados en el presente Reglamento.
Art. 39.-La no presentación de los carnets de actuación, ocasiona la pérdidas de puntos, previa impugnación del rival del partido, pero el infractor esta obligado a jugar. A los fines de cómputos el partido se considera perdido tres por cero.
Art. 40.-El equipo que abandone el terreno de juego o se resista a proseguir el partido, perderá los punto en disputa adjudicándoselos al contendor y sufrirá las sanciones establecidas en la normativa vigente de la F.B. F.
Esta sanción es diferente a la que debe aplicarse por los daños económicos ocasionados y otros contemplados en este reglamento y reglamentos de la F.B.F., El partido se considerará perdido por 3 a cero i el resultado en el campo de juego que beneficie más al contendor.
Art. 41.-Si el partido fuese suspendido por el árbitro en caso de invasión de los espectadores que cometieran agresiones graves contra el árbitro, árbitros asistentes o jugadores del equipo visitante, el club local será castigado con la pérdida del partido, en caso de probada culpabilidad a juicio del Comité de Disciplina. El parido se considera perdido por 3 a 0.
No hay comentarios:
Publicar un comentario