CAPITULO V.-DE LAS EDADES, NACIONALIDAES, REFUERZOS Y MENOR
Art. 28.-En este torneo los jugadores podrán actuar sin límite de  edad sean estos bolivianos de origen, nacionalizados o extranjeros.
Art. 29.-Las Asociaciones podrán  solicitar la habilitación de jugadores sin límite para el club que los  representará, pudiendo recurrir a refuerzos con jugadores:
a)            Del extranjero.
b)           De la L. F. P. B.
c)            Otras asociaciones.
d)           Su misma asociación, En este caso deberán anular el carnet anterior de actuación.
Art. 30.-Estas transferencias deberán ser tramitadas y concluidas  dentro de los dos periodos de transferencias e inscripciones  establecidas en el Reglamento del Estatuo de la  F. B. F.. En igual  forma las transferencias internas de cada Asociación se regirán estos  periodos.
Art. 31.-En un partido de fútbol Profesional  o Aficionado, deberán  actuar necesariamente como mínimo  siete (7) jugadores bolivianos de  origen. En todo caso en el terreno de juego no podrán actuar más de  cuatro (4) extranjeros o naturalizados al mismo tiempo.
La exigencia de contra con siete (7) bolivianos de origen no se  aplicará en los casos reexpulsión, lesiones i en el ingreso de equipos  incompletos.
El club que infrinja esta disposición perderá los tres puntos en  disputa previa impugnación por el rival del partido, puntos que  beneficiarán al contendiente si hubiera ganado el partido, En caso de  empate, perderá el punto ganado y se le restarán los otros dos puntos de  los ganados o por ganar y el impugnador será declarado ganador y se le  adjudicará los tres puntos en disputa, si hubiera perdido el partido, se  le restarán tres puntos de los ganados i por ganar que no beneficiarán a  nadie.
Atr. 32.-En este torneo se determinó la actuación obligatoria de un  jugador menor boliviano de origen Sub-18 durante todo el partido salvo  casos de expulsión, o sea los nacidos a partir del 1ro. de enero de 1993  o más tarde, el mismo que deberá estar registrado en la planilla de  control dentro los once jugadores que ingresarán al terreno de juego.
La sustitución de este jugador se realizará por otro que cumpla el mismo requisito.
El incumplimiento de esta disposición, es causal de pérdida de puntos en caso de impugnación por el rival del partido.
REGIMEN ECONOMICO
Art. 85.-Se determina el siguiente régimen económico que deberá ser  depositado en la cuenta corriente de la A.N.F. enviando la papeleta de  depósito vía fax a la Secretaría de la A.N.F., en la ciudad de  Cochabamba.
Derecho de participación                                     Bs. 500.-
Club ausente como visitante                              Bs. 20.000.-
Club ausente como local                                      Bs. 10.000.-
Expulsión de jugadores                                         Bs. 50.-
Amonestación de jugadores                               Bs. 30.-
No registro hora entrega carnets                      Bs. 100.-
Por no envío planilla de juego con part.        Bs. 300.-
Invasión al terreno de juego del cuerpo.
del cuerpo técnico y jug. Suplentes                 Bs. 300.-
Falta de balón reglamentario                             Bs. 100.-
Ingreso de mascotas                                               Bs. 200.-
Falta de firma de capitán                                      Bs. 50.-
Similitud de camisetas                                          Bs. 800.-
No present. de carnets de actuación
antes de 30 minutos  inicio del partido          Bs. 100.-
Falta cintillo de capitán                                         Bs. 100.-
Ingreso con demora al terre. de juego           Bs. 300.-
Falta de balones reglamen.  equipo local     Bs. 500.-
Invasión público y agresión árbitros                Bs. 7.000.
Agresión del público al árbitro                          Bs. 2.000.-
Retraso del juego por pasa pelotas                  Bs. 500.-
Infracciones al Art. 48                                            Bs. 200.-
Infracciones al Art. 70  (Por equipo)                Bs. 300.-
No plastificado de carnets                                   Bs. 100.-
Todas las sanciones económicas deberán ser canceladas antes de jugar  su próximo partido. El incumplimiento significará la pérdida de puntos  en disputa, en caso de impugnación por el rival del partido.
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